GANANCIAS - BIENES PERSONALES - Prórroga período fiscal 2019
TERMINACIÓN DE CUIT
FECHA DE PRESENTACIÓN
FECHA DE PAGO
0 a 3
10/08/2020
11/08/2020
4 a 6
11/08/2020
12/08/2020
7 a 9
12/08/2020
13/08/2020
IMPUESTO CEDULAR - Prórroga período fiscal 2019
TERMINACIÓN DE CUIT
FECHA DE PRESENTACIÓN Y PAGO
0 a 3
11/08/2020
4 a 6
12/08/2020
7 a 9
13/08/2020
23 de julio de 2020
PRÓRROGA DE VENCIMIENTOS DE GANANCIAS Y BIENES PERSONALES
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorroga más de 15 días los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes a los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. La medida del organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont también alcanza al vencimiento del impuesto Cedular.
Las decisiones de la AFIP buscan facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio. La presentación de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante de ambos impuestos estaba prevista originalmente para mediados de junio. Con esta medida el organismo
concreta una segunda prórroga de los vencimientos y beneficia a 2 millones de contribuyentes.
Las obligaciones correspondientes al período fiscal 2019 podrán cumplirse hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se indican a continuación:
TERMINACIÓN DE CUIT
FECHA DE PRESENTACIÓN
FECHA DE PAGO
0 a 3
10/08/2020
11/08/2020
4 a 6
11/08/2020
12/08/2020
7 a 9
12/08/2020
13/08/2020
TERMINACIÓN DE CUIT
FECHA DE PRESENTACIÓN Y PAGO
0 a 3
11/08/2020
4 a 6
12/08/2020
7 a 9
13/08/2020
La medida que será publicada en el Boletín Oficial forma parte del conjunto de herramientas ofrecidas por la AFIP para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Con ese objetivo el organismo también definió, a comienzos de la semana, postergar hasta el 31 de agosto del plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas de Ganancias y Bienes Personales. Dicha resolución fue acompañada por el incremento de 1.500.000 a 2.000.000 de pesos del umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben realizar una declaración jurada informativa.